Este comunicado documenta el capítulo culminante de este largo proceso. Aunque esta cuarta edición premia a Joaquín Ugarte y Ugarte (1917–84), un escultor académico especializado en monumentos militares y de corte patriótico, su proyecto de representación ecuestre nunca llega a ubicarse en la Plaza de Armas. Hubo críticas de quienes lo consideraban incongruente con el ambiente colonial de ese entorno, incluso porque el suplicio del héroe, Túpac Amaru II, incluyera descuartizamiento halando sus extremidades con cuatro caballos.
El Decreto Ley 18280 del 19 de mayo de 1970 [véase al respecto en el archivo digital ICAA “Declaran de interés nacional la erección de un monumento a Túpac Amaru en Plaza de Armas, Cuzco” (doc. no. 1139054)] creó el certamen con el objetivo de situar la figura del prócer indígena en la Plaza de Armas de Cuzco, donde fue ajusticiado. Fue uno de los concursos artísticos de mayor controversia durante la década de los setenta en el Perú, convocado en tres ocasiones anteriores y en las tres anulados sus resultados. La ley ordenaba además colocar un retrato de Túpac Amaru II en todas las instituciones educativas, dando así motivo a la organización simultánea de un concurso pictórico, que también fue declarado “desierto”.
[Como lectura complementaria sobre Túpac Amaru II, véanse en el archivo los siguientes textos: del general EP Felipe de la Barra “¿Cómo fue Túpac Amaru?” (doc. no. 865441); (sin autor) “Convocan a concurso: monumento a Túpac Amaru se levantará en el Cuzco” (doc. no. 1053438); de Alfredo Arrisueño Cornejo “Convocan a concurso de pintura para perpetuar la imagen plástica del mártir José Gabriel Condorcanqui” (doc. no. 865422) y “Declaran desierto el Concurso de Pintura ‘Túpac Amaru II’” (doc. no. 865498); (sin autor) “En busca de la imagen arquetípica de Túpac Amaru” (doc. no. 865702); de Daniel Valcárcel “El retrato de Túpac Amaru” (doc. no. 1052165); y de A. O. Z. “Túpac Amaru: ¿verdadero retrato?” (doc. no. 865460)].